New Mexico Register / Volume XXXVI, Issue 23 / December 9, 2025

 

 

NOTIFICACIÓN DE TERMINACIONES DE LICENCIAS DE MATERIAL RADIACTIVO

El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (Departamento) por el presente aviso notifica, de conformidad con la Subsección E de 20.3.4.426 NMAC, que los siguientes licenciatarios han presentado solicitudes para la terminación de sus licencias de materiales radiactivos:

 

·         Calfrac Well Services Corporation, 2401 Sivley Avenue, Artesia, NM 88210

·         Christus St. Vincent Regional Medical Center, 455 St. Michaels Drive, Santa Fe, NM 87505

·         COG Operating LLC – King Cobra 2 State 1H, 1401 Commerce Drive, Carlsbad, NM 88220

·         COG Operating LLC – Copperhead Fee A No. 1H Battery, 1401 Commerce Drive, Carlsbad, NM 88220

·         COG Operating LLC – BUHO BQH State 1H Battery, 1401 Commerce Drive, Carlsbad, NM 88220

·         Presbyterian Heart Group Santa Fe, 454 St. Michaels Drive, Santa Fe, NM 87505

 

Durante el período de evaluación, el Departamento revisa y hace comentarios sobre la solicitud. El Departamento puede, a su discreción, contratar consultores para que lo asistan en la evaluación de la solicitud. Tras recibir un plan de terminación de la licencia o un plan de desmantelamiento del licenciatario, o una propuesta por el licenciatario para la liberación del sitio de conformidad con las Subsecciones C o D de 20.3.4.426 NMAC, el Departamento notificará y solicitará comentarios a los gobiernos locales en las inmediaciones del sitio de la actividad autorizada, así como a cualquier nación indígena u otro pueblo indígena que tenga derechos legales por tratados o estatuarios que pudieran verse afectados por el desmantelamiento del sitio de la actividad autorizada. En caso de que el licenciatario proponga liberar un sitio de conformidad con la Subsección D de 20.3.4.426 NMAC, el Departamento notificará a la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés) y solicitará sus comentarios. Los comentarios y preguntas pertinentes que reciba el Departamento de diversas agencias y partes interesadas se remitirán al solicitante para su respuesta. La correspondencia relacionada con la solicitud se archivará en la Oficina de Control de la Radiación y estará disponible para su revisión por parte del solicitante y cualquier otra parte interesada.

 

El Departamento exige al solicitante que presente un plan de terminación de la licencia o un plan de desmantelamiento, así como otros documentos que aborden, entre otras cosas, los aspectos de salud pública, seguridad y medio ambiente para la terminación de la licencia.

 

El Departamento analizará cuidadosamente la solicitud de terminación de la licencia. Durante este análisis, se revisará la solicitud para garantizar que no presente deficiencias, que cumpla con todos los requisitos aplicables y que no exista razón para creer que la terminación de la licencia resultará en la violación de alguna ley o regulación. Si el Departamento considera que esto es así, aprobará la solicitud de terminación de la licencia.

 

La solicitud está disponible para revisión en la siguiente dirección:

 

Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México

Oficina de Control de la Radiación

525 Camino de los Marquez, Suite 1B

Santa Fe, NM 87502

 

Se prevé que el período de revisión dure aproximadamente un mes. Se aceptarán comentarios por escrito y solicitudes de audiencia pública durante los 30 días posteriores a la publicación de este aviso. Los comentarios por escrito sobre esta solicitud de licencia deben dirigirse a: Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México, Oficina de Control de la Radiación, P.O. Box 5469, Santa Fe, Nuevo México 87502-5469.