New Mexico Register / Volume XXXVI,
Issue 23 / December 9, 2025
NOTIFICACIÓN DE TERMINACIONES DE LICENCIAS DE MATERIAL
RADIACTIVO
El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (Departamento) por el
presente aviso notifica, de conformidad con la Subsección E de 20.3.4.426 NMAC,
que los siguientes licenciatarios han presentado solicitudes para la
terminación de sus licencias de materiales radiactivos:
·
Calfrac Well Services
Corporation, 2401 Sivley Avenue, Artesia, NM 88210
·
Christus
St. Vincent Regional Medical Center, 455 St. Michaels Drive, Santa Fe, NM 87505
·
COG
Operating LLC – King Cobra 2 State 1H, 1401 Commerce Drive, Carlsbad, NM 88220
·
COG
Operating LLC – Copperhead Fee A No. 1H Battery, 1401 Commerce Drive, Carlsbad,
NM 88220
·
COG
Operating LLC – BUHO BQH State 1H Battery, 1401 Commerce Drive, Carlsbad, NM
88220
·
Presbyterian
Heart Group Santa Fe, 454 St. Michaels Drive, Santa Fe, NM 87505
Durante el período de evaluación, el Departamento revisa y hace comentarios
sobre la solicitud. El Departamento puede, a su discreción, contratar
consultores para que lo asistan en la evaluación de la solicitud. Tras recibir
un plan de terminación de la licencia o un plan de desmantelamiento del
licenciatario, o una propuesta por el licenciatario para la liberación del
sitio de conformidad con las Subsecciones C o D de 20.3.4.426 NMAC, el
Departamento notificará y solicitará comentarios a los gobiernos locales en las
inmediaciones del sitio de la actividad autorizada, así como a cualquier nación
indígena u otro pueblo indígena que tenga derechos legales por tratados o
estatuarios que pudieran verse afectados por el desmantelamiento del sitio de
la actividad autorizada. En caso de que el licenciatario proponga liberar un
sitio de conformidad con la Subsección D de 20.3.4.426 NMAC, el Departamento
notificará a la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA, por
sus siglas en inglés) y solicitará sus comentarios. Los comentarios y preguntas
pertinentes que reciba el Departamento de diversas agencias y partes
interesadas se remitirán al solicitante para su respuesta. La correspondencia
relacionada con la solicitud se archivará en la Oficina de Control de la Radiación
y estará disponible para su revisión por parte del solicitante y cualquier otra
parte interesada.
El Departamento exige al solicitante que presente un plan de terminación de
la licencia o un plan de desmantelamiento, así como otros documentos que
aborden, entre otras cosas, los aspectos de salud pública, seguridad y medio
ambiente para la terminación de la licencia.
El Departamento analizará cuidadosamente la solicitud de terminación de la
licencia. Durante este análisis, se revisará la solicitud para garantizar que
no presente deficiencias, que cumpla con todos los requisitos aplicables y que
no exista razón para creer que la terminación de la licencia resultará en la
violación de alguna ley o regulación. Si el Departamento considera que esto es
así, aprobará la solicitud de terminación de la licencia.
La solicitud está disponible para revisión en la siguiente dirección:
Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México
Oficina de Control de la Radiación
525 Camino de los Marquez, Suite 1B
Santa Fe, NM 87502
Se prevé que el período de revisión dure aproximadamente un mes. Se
aceptarán comentarios por escrito y solicitudes de audiencia pública durante
los 30 días posteriores a la publicación de este aviso. Los comentarios por
escrito sobre esta solicitud de licencia deben dirigirse a: Departamento de
Medio Ambiente de Nuevo México, Oficina de Control de la Radiación, P.O. Box
5469, Santa Fe, Nuevo México 87502-5469.